Calcular cuota

Nivel de renta en familias monoparentales o biparentales 20-21 (pdf)

Cálculo de la renta familiar

1.- Para la valoración de la renta anual de la unidad familiar se tendrá en cuenta la renta per cápita, que se obtendrá dividiendo el importe de la renta de la unidad familiar entre el número total de miembros de la familia.

A efectos de determinación del número de miembros de la unidad familiar, se contabilizará por dos cada hijo o hija con minusvalía declarada en grado igual o superior al 33%.

2.- Se considera renta anual de la unidad familiar la suma de las rentas o ingresos individuales justificados del año 2014 del padre y de la madre o tutores legales. La renta anual de la unidad familiar se justificará mediante presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del año 2014.

3.- Se entiende por renta individual el resultado de sumar a la parte general de la base imponible, el saldo positivo de los rendimientos del capital mobiliario más el saldo positivo de transmisiones patrimoniales excluyendo las subvenciones recibidas para adquisición o rehabilitación de vivienda.

A efectos prácticos el cálculo de la renta se realizará mediante la suma de las casillas: 507, 8810, 8808 menos casilla 708 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2014 en la Comunidad Foral de Navarra o las casillas equivalentes en el resto del Estado.

 

Reducciones

 

  1. Cuando las familias tengan dos hijos/as en el mismo Centro, o en diferentes centros siempre que la titularidad de los mismos corresponda al mismo Ayuntamiento, tendrán una reducción de hasta el 50% de la tarifa de escolaridad que corresponda al segundo/a hijo/a, siendo el límite la tarifa mínima. Cuando dos hermanos utilicen el comedor, el primero pagará la tarifa que le corresponda en función de la renta, correspondiendo al segundo la tarifa mínima. Así las tarifas de escolaridad aplicadas al segundo hijo no serán inferiores en ningún caso a 41, 39, o 29 euros, según sea la jornada, completa, reducida o media o a 84 euros, en el caso del comedor.
  2. Las familias con 3 o más hijos o hijas que asistan al centro tendrán la reducción señalada en el apartado anterior por el segundo hijo, correspondiendo abonar por el tercer hijo o hija y siguientes la tarifa mínima, según el tipo de jornada.

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